
El concepto crédito podemos verlo con dos acepciones distintas: una más genérica que viene a decirnos que el crédito consiste en la cesión de dinero a una persona. Y otra, mucho más específica, en la que la palabra crédito se utiliza para designar un contrato (cuenta de crédito) en la que la entidad financiera nos pone un límite de dinero del que podemos ir disponiendo a un tipo de interés y durante un plazo pactado. El funcionamiento de la cuenta de crédito es el siguiente: en ese período acordado, podremos ir haciendo uso del dinero que necesitemos, hasta el límite fijado, si nos "pasamos" de ese límite se nos penaliza con un incremento en el tipo de interés, con una comisión por habernos excedido (comisión por saldo excedido) y con una comisión por reclamaciones. También podremos ir haciendo ingresos de manera que reduzcamos el saldo dispuesto.
En el caso de un préstamo, el importe se obtiene íntegramente al comienzo de la operación. Si pedimos a una entidad financiera un préstamo porque necesitamos financiación para consumir o invertir, nosotros devolveríamos el dinero prestado (capital) más unos intereses en el plazo pactado. Existiendo fundamentalmente dos tipos de préstamos: el personal y el hipotecario.




